A partir del día de hoy, los peruanos podrán presentar una declaración jurada para acogerse a la repatriación de capitales, medianteXNT el formulario virtual N° 1667. Dicha declaración estará vigente hasta el 29 de diciembre de 2017, así lo informó la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria Sunat.Las personas naturales, sucesiónes indivisas o sociedades conyugales domiciliadas en el país podrán presentar la declaración jurada para acogerse al régimen temporal y sustitutorio del Impuesto a la Renta para la declaración, repatriación e inversión de rentas no declaradas hasta el año 2015 pagando un impuesto a la renta del 10% o 7%. Asimismo, se darán por cumplidas las obligaciones del Impuesto a la Renta, eliminando la aplicación de intereses morosos y multas, además de eliminar la acción penal por delitos de defraudación tributaria o lavado de activos.Fecha: 01.07.2017Fuente: Diario Oficial El Peruano
Ya se encuentra habilitado el formulario virtual N° 1667
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