A finales del 2019 finalizó la vigencia de la ley de zonas altoandinas, que tenían como objetivo promover las inversiones en localidades que se ubiquen a más de 2,500 metros sobre el nivel del mar.Ahora, en el Congreso de la República se busca que esta norma vuelva a tener vigencia. Ayer, la Comisión de Economía aprobó un dictamen por el cual se vuelve a promover la promoción, fomento y reactivación de actividades económicas en las zonas mencionadas.El beneficio principal de las empresas que operen por encima de los 2,500 metros sobre el nivel del mar, es que estarían exonerados por tres años em impuesto a la renta, tasas arancelarias y del IGV a las importaciones de bienes de capital con fines de uso productivo.Para gozar de las exoneraciones, los beneficiarios deben mantenerse al día en le pago de sus obligaciones tributarias o cumpliendo con los acuerdos establecidos con la autoridad correspondiente, señala la iniciativa.ActividadesDe acuerdo con el dictamen aprobado, los que estarían comprendidos en este beneficio, sin restricción alguna, son las personas naturales, micro y pequeñas empresas, cooperativas, empresas comunales o multicomunales que tengan su domicilio fiscal, centro de operaciones y centro de producción en las zonas geográficas andinas ubicadas a partir de los 2,500 metros sobre el nivel del mar.Asimismo, comprende a las empresas en general que se instalen a partir de los 3,200 metros sobre el nivel del mar y se dediquen a alguna de las siguientes actividades: piscicultura, acuicultura, procesamiento de carnes en general, plantaciones forestales con fines comerciales o industriales, producción láctea, crianza y explotación de fibra de camélidos sudamericanos y lana de ovino y pieles de crianzas, agroindustriales, artesanías y textiles y servicios de turismo rural comunitario.Fuente: Diario GestiónFecha: 10/06/2021
Volvería la exoneración tributaria en zonas altoandinas
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