Elÿdíaÿviernesÿ19 de junioÿde 2020ÿvence el plazo para que:
– Losÿprincipales contribuyentes, con ingresos netos durante el ejercicio 2019 de hasta 5000 UIT yÿcuyo £ltimo d¡gito del RUCÿsea 8 y 9ÿcumplan con sus obligaciones tributarias mensuales correspondientes al periodoÿmarzoÿ2020.
– Losÿprincipales contribuyentesÿque hubieran obtenido ingresos netos durante el ejercicio 2019 de hasta 5,000 UIT, que se encuentran obligados antes de 2020 o que voluntariamente llevan sus libros de manera electr¢nica, y califiquen comoÿbuenos contribuyentes, presenten sus libros y registros del periodoÿmarzo 2020.
– Losÿprincipales contribuyentesÿque hubieran obtenido ingresos netos durante el ejercicio 2019 de hasta 5,000 UIT, que se encuentran obligados a usar los libros electr¢nicos a partir del 2020, y califiquen comoÿbuenos contribuyentes, presenten sus libros y registros del periodoÿeneroÿyÿfebreroÿ2020.