El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) reglamentó, mediante el Decreto Supremo N° 214-2023-EF, el tratamiento tributario para que los productores mineros efectúen operaciones de venta de metales, consideradas exportación, a favor de los fabricantes nacionales de joyas, con el objetivo de que estos cuenten con materia prima para producirlas y exportarlas.
Para ello se modifica el Reglamento de la Ley del Impuesto General a las Ventas (IGV) e Impuesto Selectivo al consumo (ISC).
El MEF considera que el Decreto Legislativo N° 1552 incorpora el numeral 13 en el artículo 33 del Texto Único Ordenado (TUO) de la Ley del IGV e ISC, bajo el cual se considera exportación de bienes a la venta de metales realizada por los productores mineros a favor de fabricantes nacionales de joyas destinadas a la exportación.
El productor minero y el fabricante de joyas deberán encontrarse inscritos en el Registro de Productores Mineros y Registro de Fabricante Nacional de Joyas, respectivamente.
Fuente: Diario El Peruano
Fecha 05/10/2023