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¿Vas a contratar personal por época navideña? Conoce qué contratos puedes celebrar

Con la llegada de las fiestas de fin de año, las empresas suelen contratar más trabajadores para atender la alta demanda de productos y servicios. En este contexto, la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil) insta a los empleadores a realizar contrataciones formales, garantizando los derechos de los trabajadores y evitando sanciones administrativas.

Entonces, para la campaña de Navidad, ¿qué tipo de contratos se pueden celebrar? Los contratos sujetos a modalidad son una alternativa y entre estos figura el Contrato de Temporada. Este es celebrado entre un empresario y un trabajador con el objeto de atender necesidades propias del giro de la empresa o establecimiento, que se cumplen solo en determinadas épocas del año. En este tipo de contratos debe constar por escrito la duración de la temporada, la naturaleza de la actividad de la empresa y la naturaleza de las labores del trabajador.

Otra opción son los Contratos a Tiempo Parcial. Estos se suelen utilizar cuando se requiere contratar trabajadores para cubrir jornadas de trabajo inferiores a cuatro horas en promedio diario a la semana. Asimismo, este debe ser registrado ante la Autoridad Administrativa de Trabajo en el término de 15 días naturales desde su suscripción.

Cabe recalcar que el contrato a tiempo indeterminado es la regla en la contratación laboral y que los contratos sujetos a modalidad, también conocidos como ‘a plazo fijo’, son la excepción y deben celebrarse solo cuando así lo requieran las necesidades del mercado o mayor producción de la empresa, así como cuando lo exija la naturaleza temporal o accidental del servicio que se va a prestar o de la obra que se va a ejecutar.

Al respecto, la Sunafil ha logrado orientar en materia de Contratos de trabajo a 43,807 trabajadores y 3,951 empleadores, a través del desarrollo de 1,851 acciones. Además, entre las principales regiones en las que se han desarrollado acciones preventivas en materia de planillas o registros que la sustituyan se tiene a Lima Metropolitana, seguido de La Libertad, Ica, Junín y Lambayeque. Por otro lado, los sectores más inspeccionados en estas materias fueron Servicios, Comercio, Construcción e Industrias manufactureras.

Constituyen infracciones muy graves en materia de relaciones laborales: el incumplimiento de las disposiciones relacionadas con la contratación a plazo fijo, su desnaturalización, no celebrar por escrito y en los plazos previstos contratos de trabajo, cuando este requisito sea exigible, así como no entregar al trabajador un ejemplar del referido contrato.

Fuente: El Peruano

Fecha: 09/12/2024

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HENRY CORILLOCLLA DE LA CRUZ

Contador público colegiado. Egresado de la maestría en banca y finanzas por la Universidad Nacional Mayor de San Marcos. Asesor Contable de Contadores & Empresas.