La buena fe laboral impone al trabajador que en ejercicio de su derecho a la libertad de expresión no formule denuncias calumniosasXNT e injuriosas ni faltamientos de palabra verbal o escrita en contra del empleador o de los trabajadores, pues en estos supuestos estamos ante un ejercicio abusivo de esta garantía que merece ser sancionado en el ámbito laboral.Así lo sostuvo el Tribunal Constitucional al resolver el Expediente N° 01428-2012. El máximo colegiado, de este modo, declaró infundada la demanda interpuesta por un ex trabajador que alegaba haber sido despedido fraudulentamente al habérsele imputado la falta grave tipificada en el literal f) del artículo 25 de la Ley de Productividad y Competitividad Laboral.Fuente: El PeruanoFecha: 04.01.2014
Tribunal Constitucional precisa derecho a la libertad de expresión de los trabajadores
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