El Tribunal Constitucional, mediante la sentencia recaída en el Expediente N° 04293-2012-PA/TC, precisó que los ciudadanosXNT tendrán que optar por el proceso de amparo, en lugar de la vía administrativa, si su pretensión supone aplicar el control difuso respecto a la constitucionalidad de las leyes, debido a la eliminación del precedente vinculante por parte del Tribunal Constitucional (TC) que facultaba a los colegiados administrativos a ejercer dicho control.En ese sentido, cuando una pretensión del administrado implique el ejercicio del citado control, los órganos administrativos perderán relevancia y competencia. Así, los procesos constitucionales cobran más relevancia en desmedro de los órganos administrativos que la pierden, porque el Tribunal Fiscal y otros ya en más de una ocasión aplicaron ese control difuso de inconstitucionalidad, sostuvo el laboralista Jorge Toyama.Fuente: El PeruanoFecha: 28.05.2014

Tribunal Constitucional: los ciudadanos tendrán que optar por el proceso de amparo en lugar de la vía administrativa en aplicación del control difuso
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