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Tres meses más para la declaración de rentas

Las empresas y personas naturales que durante el año pasado obtuvieron ingresos netos de hasta 5,000 UIT, equivalentes a 21 millones de soles, tendrán tres meses más para presentar la Declaración Jurada Anual del Impuesto a la Renta (IR) 2019, así como para efectuar el pago correspondiente de este tributo y del impuesto a las transacciones financieras (ITF) pertinente.Así lo dispuso la Sunat mediante la Resolución de Superintendencia Nº 61-2020/Sunat, por la cual se establece para este grupo de contribuyentes un nuevo cronograma de vencimientos para la regularización del IR 2019, que según el último dígito del RUC regirá del 24 de junio al 8 de julio.Sin embargo, los que califiquen como buenos contribuyentes y sujetos no obligados a inscribirse en el RUC tendrán la posibilidad de presentar dicha declaración hasta el 9 de julio.En principio, esta prórroga solo beneficiaba a las personas naturales y las micro, pequeñas y medianas empresas (mypimes), debido a la declaratoria de emergencia sanitaria nacional por la pandemia del coronavirus (covid-19).Pero por el aislamiento social obligatorio y para que más contribuyentes cuenten con mayor liquidez para afrontar el impacto económico de la cuarentena, la entidad recaudadora amplió esta medida a los contribuyentes que durante el 2019 facturaron hasta 21 millones de soles anuales.Ambas prórrogas benefician a más de un millón 600,000 contribuyentes, de los cuales 550,000 son personas naturales y un millón 100,000 son empresas.Obligaciones y plazosAdemás, las fechas de vencimiento para presentar ante la entidad recaudadora las declaraciones juradas por obligaciones tributarias correspondientes a febrero del 2020 se han postergado hasta abril de este año por R. S. Nº 055-2020/Sunat indicó Miranda & Amado mediante su reciente boletín electrónico Alerta Tributaria. A su vez, advirtió que se encuentran suspendidos los plazos para la presentación de recursos impugnatorios ante las administraciones tributarias y el Tribunal Fiscal, así como para la tramitación de recursos contenciosos y no contenciosos vinculados con asuntos tributarios, en aplicación del Decreto de Urgencia Nº 029-2020.Fecha de publicación: 26/03/2020Fuente: diario El Peruano

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HENRY CORILLOCLLA DE LA CRUZ

Contador público colegiado. Egresado de la maestría en banca y finanzas por la Universidad Nacional Mayor de San Marcos. Asesor Contable de Contadores & Empresas.