Tal como lo dispuso el Decreto Supremo N° 012-2021-TR, el lunes 7 fue un día no laborable para los trabajadores que se desempeñaron como miembros de mesa. Para ello, debieron remitir ayer, o el día en que reanuden sus labores, en forma física o virtual, el certificado de participación entregado por la ONPE, ya que este es el documento principal que regularizar su día libre por su desempeño como miembros de mesa, el 6 de este mes. El abogado laboralista César Puntriano, señaló que es importante precisar que las horas no laboradas el 7 de junio no deben ser compensadas ni con tiempo extra ni con remuneración asimismo, manifestó que, si el miembro de mesa optó por no laborar el 6 de junio, el tratamiento de este día es diferente, pues sí recuperará las horas no trabajadas con labor en sobretiempo, en un día feriado o el día de su descanso semanal. Finalmentr, señaló que, el empleador, si así lo decide, podrá exonerar al trabajador de la recuperación de las horas no laboradas.Fuente: Diario El PeruanoFecha: 09/06/2021
Trabajadores que participaron como miembros de mesa deberán sustentarlo con el certificado de la ONPE
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