Los trabajadores que laboren el martes 25 de diciembre, considerado feriado no laborable tienen derecho a percibir un día adicional de pago equivalente al doble de su jornal diario regular, además del pago normal por ese día, que como descanso remunerado se incluye en su remuneración mensual.Sobre el particular, el abogado laboralista César Puntriano indicó esta medida obedece a que existen actividades productivas que no paran en feriado, y que tampoco deberían hacerlo. Entre ellas, anotó, los servicios esenciales como electricidad, agua, desagüe, así como otras cuyo ritmo productivo lo impide como minería, industria, puertos, hidrocarburos. Así como los restaurantes, hoteles, centros comerciales. Sin embargo, el especialista precisó que tratándose de trabajadores cuyo turno se inicie el 24 de diciembre y concluya el 25 del mismo, no se considerará que hubieran laborado durante el feriado.Fecha de publicación: 14/12/2018.Fuente: diario Gestión
Trabajadores que laboren en navidad percibirán triple ingreso
Happy0
Lol0
Wow0
Wtf0
Sad0
Angry0
Rip0