Por intermedio de la Ley Nº 27803 se estableció como beneficios para los trabajadores cesados irregularmente, el pago de una compensación económica, jubilación adelantada, capacitación, reconversión laboral o la reincorporación o reubicación laboral. En ese sentido, hasta la fecha se han aprobado 5 listas de trabajadores beneficiados con la reincorporación en sus puestos de trabajo en el Estado, debiendo cumplirse los siguientes requisitos: existencia de una vacante presupuestada y no alcanzar la edad de jubilación. Sin embargo, el Ministerio de Trabajo y el Ministerio de Economía derogaron dichos requisitos para obtener el beneficio de reincorporación. Por tanto, a partir del 2019 el Gobierno deberá de incorporar a 8,855 servidores públicos a los que no se les aplicará el límite presupuesta ni el de jubilación.Al respecto, fuentes del Gobierno estimaron que el costo anual en remuneraciones, seguros, alquileres, equipamiento y servicios representaría para el Estado un monto anual de 159 millones, y alertaron que el presupuesto público para el año 2019 no cuenta con esta asignación.Fecha de publicación: 29/11/2018.Fuente: diario Gestión.
Trabajadores cesados irregularmente serán repuestos sin condición alguna
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