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Trabajador tiene derecho al pago triple por laborar en día feriado

La Cámara de Comercio de Lima (CCL) infirmó que los trabajadores que laboren en día feriado sin descanso sustitutorio tendrán derecho a percibir tres remuneraciones diarias.En ese sentido, cabe indicar que los artículos 8 y 9 del Decreto Legislativo Nº 713 indica que el trabajador tiene derecho a percibir la remuneración que corresponda por laborar en día feriado, y al pago de la sobretasa del 100 % si no se le otorga un día de descanso sustitutorio.Fecha de publicación: 31/08/2017.Fuente: Diario El Peruano.

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HENRY CORILLOCLLA DE LA CRUZ

Contador público colegiado. Egresado de la maestría en banca y finanzas por la Universidad Nacional Mayor de San Marcos. Asesor Contable de Contadores & Empresas.