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Trabajador que cobra indemnización no puede solicitar su reposición

El Tribunal Constitucional precisó, en el Expediente Nº 05515-2014-PA/TC, que cuando el trabajador cobra la indemnización por despido arbitrario de su liquidación de beneficios sociales, da por aceptado el despido y por ende ya no puede solicitar la reposición en le cargo.Antes de la emisión de dicha sentencia se emitió otra sobre el mismo tema. Así, en el Expediente Nº 03052-2009-AA/TC se diferenció entre el cobro de los beneficios sociales y el de la indemnización por despido o cualquier otro monto que tenga la finalidad de incentivos, que significaba la aceptación de la reparación legal. De ese modo, los trabajadores podían cobrar sus beneficios sociales y aun así reclamar su reposición.Fecha de publicación: 10/08/2018.Fuente: diario Gestión.

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HENRY CORILLOCLLA DE LA CRUZ

Contador público colegiado. Egresado de la maestría en banca y finanzas por la Universidad Nacional Mayor de San Marcos. Asesor Contable de Contadores & Empresas.