El Tribunal Constitucional precisó, en el Expediente Nº 05515-2014-PA/TC, que cuando el trabajador cobra la indemnización por despido arbitrario de su liquidación de beneficios sociales, da por aceptado el despido y por ende ya no puede solicitar la reposición en le cargo.Antes de la emisión de dicha sentencia se emitió otra sobre el mismo tema. Así, en el Expediente Nº 03052-2009-AA/TC se diferenció entre el cobro de los beneficios sociales y el de la indemnización por despido o cualquier otro monto que tenga la finalidad de incentivos, que significaba la aceptación de la reparación legal. De ese modo, los trabajadores podían cobrar sus beneficios sociales y aun así reclamar su reposición.Fecha de publicación: 10/08/2018.Fuente: diario Gestión.
Trabajador que cobra indemnización no puede solicitar su reposición
Happy0
Lol0
Wow0
Wtf0
Sad0
Angry0
Rip0