La Corte Suprema ha establecido, en la Casación Nº 1233-2015-Lima, que no basta la afiliación sindical para obtener la reposiciónXNT por despido nulo, sino que el trabajador debe probar que su despido tuvo como causa su afiliación al sindicato. De ese modo, la Corte indicó que la sola decisión de la empresa de no renovar el contrato temporal, luego de que el trabajador se afiliara al sindicato, no debe ser considerado como despido nulo, siempre que no existan otros indicios que permitan concluir lo contrario.Según refiere la Corte, en dicho caso no se verificó un acto antisindical ni un despido nulo, dado que la empresa emplazada renovó el contrato al trabajador con posterioridad a la afiliación, lo que permitió concluir que el cese no se produjo por motivos antisindicales.Fecha de publicación: 17/05/2017.Fuente: Diario Gestión.
Trabajador debe probar que su despido se debió a un acto antisindical
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