El Tribunal Constitucional valido la aplicación de los criterios jurisprudenciales establecidos por la Corte Suprema respecto a la improcedencia del cobro de intereses moratorios por los pagos a cuenta del impuesto a la renta declarados y pagados oportunamente. La validación de dichos criterios se refiere a que si con posterioridad al pago a cuenta calculado, declarado y pagado oportunamente por el contribuyente, se presenta alguna variación en el coeficiente del pago a cuenta, esto no debe determinar el cobro de intereses moratorios.Fecha de publicación: 25/10/2019Fuente: El Peruano
TC valida aplicación de pautas judiciales tributarias
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