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TC: La reposición como pretensión única no podrá resolverse por la vía institucional

El Tribunal Constitucional (TC), a través del Expediente Nº 03070-2013-PA/TC,afirmóXNT que las demandas laborales que contengan como pretensión única la reposición en el empleo tendrán que tramitarse en la vía laboral.El TC tomó este criterio al considerar que esta pretensión podía resolverse mediante el nuevo proceso laboral. Pues los juzgados especializados de trabajo conocen en proceso abreviado laboral los casos en los que la pretensión de reposición se plantea como principal única.Así, para examinar la procedencia de una demanda de amparo por reposición, debe efectuarse un test de pertinencia para poder establecer la inexistencia de una vía igualmente satisfactoria desde una perspectiva objetiva y subjetiva, señala un informe del Estudio Miranda & Amado Abogados.Fuente: El peruanoFecha: 25.09.2014

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HENRY CORILLOCLLA DE LA CRUZ

Contador público colegiado. Egresado de la maestría en banca y finanzas por la Universidad Nacional Mayor de San Marcos. Asesor Contable de Contadores & Empresas.