El Tribunal Constitucional (TC) ha considerado este criterio dado que señala que el nuevo proceso laboral que es primordialmenteXNT oral puede estudiar estos casos con la misma satisfacción que un proceso de amparo.Así, el TC señala como tamices para la interposición del amparo que el proceso resulte adecuado, permita valorar pruebas (criterio objetivo) además de una evaluación sobre la urgencia o la importancia del derecho materia de litigio, que podría hacer irreparable el daño (criterio subjetivo).Fuente: Diario GestiónFecha: 23.09.2014
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