De acuerdo con una reciente sentencia del Tribunal Constitucional (TC), recaída en el Exp. N° 00734-2013-PA/TC, el trabajador a tiempo parcial XNTtiene derecho a todos los beneficios laborales del personal que presta servicios más de cuatro horas si su contrato con el empleador no se ha celebrado por escrito. De acuerdo con lo sostenido por el empleador demandado en el caso materia de análisis, él celebró con la trabajadora demandante contratos a tiempo parcial para realizar labores de duración determinada y que ninguno de ellos superó los tres meses, por lo que no rebasaron el período de prueba.A criterio del TC, se desprende que, en efecto, la trabajadora habría prestado servicios de manera discontinua e ininterrumpida y en jornada de trabajo de 3 horas y 45 minutos, lo cual se encuentra dentro del marco establecido por el artículo 12 del D.S. N° 001-96-TR.Por otro lado, el TC manifiesta que el trabajador con una jornada a tiempo parcial debe contar con un contrato por escrito, de lo contrario, se considerará que este tiene todos los beneficios de un trabajador que labora más de cuatro horas. Fecha de publicación: 03-10-2015Fuente: Diario El Peruano
TC: El contrato a tiempo parcial debe constar por escrito, de lo contrario el trabajador adquirirá más beneficios
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