Tipo Norma: Res. Fiscalía de la Nación
Número de Norma: Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 134-2021-MP-FN
Fecha de Publicación: 2021.02.01
Mediante la presente Resolución se suspenden las labores y actividades presenciales en el Ministerio Público, en los despachos fiscales y dependencias administrativas cuya competencia territorial se encuentre dentro de los departamentos de Lima, Callao, Ancash, Pasco, Huánuco, Junín, Huancavelica, Ica y Apurímac hasta el 14 de febrero de 2021, en mérito a lo dispuesto en el artículo 3 del Decreto Supremo Nº 008-2021-PCM, el cual dispone la inmovilización social obligatoria; con excepción del personal fiscal, forense, médico legal y administrativo que ejerce funciones en las fiscalías provinciales penales y fiscalías provinciales de familia turno y posturno fiscal así como en las fiscalías especializadas que realicen turno permanente con excepción de las fiscalías de extinción de dominio.
Asimismo, se dispone que las diversas dependencias del Ministerio Público e Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses realicen trabajo remoto siempre que las tareas del puesto o cargo sean compatibles con dicha modalidad. Para tal fin, los responsables de las gerencias o unidades orgánicas, podrán asignar de manera excepcional nuevas funciones, tal como lo dispone la cuarta disposición complementaria del Decreto Legislativo N° 1505 que establece medidas temporales excepcionales en materia de gestión de recursos humanos en el sector público ante la emergencia sanitaria ocasionada por la Covid-19.
Vigencia: Desde el 31/01/2021