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Sunat publicó Informe relacionado con la emisión de Comprobantes de Pago por parte de las entidades prestadoras de servicios de salud que brindan servicios médicos en virtud del Seguro Obligatorio con

Al respecto, la Administración Tributario acotó lo que a continuación sigue:XNT* Los gastos en que incurra las compañías de seguros por los servicios que prestan las entidades prestadoras de servicios de salud para el cumplimiento de su obligación o prestación a favor de la víctima de un accidente de tránsito, son deducibles para la determinación de su Impuesto a la Renta y le otorgan derecho a crédito fiscal, corresponde que estas entidades prestadoras de salud emitan a las compañías de seguros los respectivos comprobantes de pago, específicamente facturas en caso cuenten adicionalmente con número de RUC más aun cuando, son dichas compañías los usuarios de los servicios en cuestión.* Sobre el particular, es necesario dejar sin efecto los criterios contenidos en en el Informe N° 061-2008- SUNAT/2B0000 y en el numeral 1 de la conclusión del Informe N° 100-2010-SUNAT/2B0000.

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HENRY CORILLOCLLA DE LA CRUZ

Contador público colegiado. Egresado de la maestría en banca y finanzas por la Universidad Nacional Mayor de San Marcos. Asesor Contable de Contadores & Empresas.