Como es de conocimiento general, en el ejercicio del año fiscal los perceptores de renta de cuarta categoría están obligados a efectuar los pagos a cuenta y las empresas que les paguen a realizar retenciones.
Es posible que el perceptor de las rentas de cuarta categoría pueda solicitar la suspensión de las citadas obligaciones, en la medida que la proyección de sus ingresos no exceda de determinados límites.
En dicho contexto, la Sunat ha publicado, en su portal Web, las tablas de los montos límites mensuales y anuales que permitan la suspensión de los pagos a cuenta por rentas de trabajo, desde el año 2015 hasta el 2025.
Para acceder a la tabla de montos límites para la suspensión del IR 2015-2025: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/1813719/1845292-limites-suspension-2025.pdf?v=1736952317
Fuente: Staff de Contadores & Empresas
Fecha: 16/01/2025