El Superintendente Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria, Víctor Mejía, señaló que para el presente año se espera recaudar más de US$ 200 millones por el IGV aplicable a las empresas extranjeras que operan plataformas digitales, importan bienes intangibles y prestan servicios utilizados por personas naturales, así como impuestos a los juegos y apuestas deportivas a distancia e ISC de dichas operaciones.
Durante su participación en la Tercera Conferencia Técnica de la Red de Organizaciones Tributarias (NTO por sus siglas en inglés), el jefe de la SUNAT detalló que por concepto de IGV a los servicios digitales e importación de intangibles se espera una recaudación de US$ 180 millones para el 2025, mientras que por el Impuesto a los juegos y apuestas deportivas a distancia y el ISC se esperan ingresos cercanos a los US$ 21 millones.
Este evento internacional, organizado por el CIAT y que se viene realizando en la ciudad de Panamá del 18 al 20 de este mes, permitirá a los asistentes analizar el marco digital, el impacto en la economía digital, el uso de la propiedad del acceso cibernético y cualquier otro desafío que deben enfrentar las administraciones tributarias en el tema informático, como en el uso de la inteligencia artificial.
El Superintendente de la SUNAT mencionó que en el Perú se ha implementado un mecanismo de inscripción y recaudación simplificado (declaración y pago) desde el exterior para ambos servicios, lo que incluye el pago en dólares americanos.
En el primero, se ha desarrollado un mecanismo de recaudación que implica la inscripción al RUC para que las plataformas digitales no domiciliadas declaren y paguen el IGV. Recordó que la obligación de declarar y pagar el IGV se inició en el periodo diciembre 2024, registrando, por ese periodo, una recaudación de US$ 15 millones.
Indicó que a la fecha hay 63 empresas no domiciliadas que prestan servicios digitales a personas naturales que se han inscrito en el RUC. Se espera, dijo, que el nivel de registro se incremente en el primer trimestre del año 2025.
De manera similar se han dictado las disposiciones para que las empresas no domiciliadas y las domiciliadas, autorizadas a la explotación de juegos y las apuestas deportivas a distancia, puedan declarar y pagar el 12% del impuesto especial para estas actividades, así como el ISC que se fijó en 0.03%.
Precisó que el principal mecanismo de recaudación para empresas extranjeras es a través del registro, declaración y pago del exterior, aunque también hay un mecanismo residual, para aquellos que no se inscriban, a través del sistema financiero. Actualmente, de las 4 grandes empresas no domiciliadas dedicadas a esta actividad autorizadas por el MINCETUR, se han inscrito 3 de estas en el RUC y hay una más en proceso.
Finalmente, adelantó que se están evaluando nuevas medidas a otros servicios digitales, como aplicar el Impuesto a la Renta a las ganancias por criptomonedas mediante la aprobación de un nuevo supuesto normativo para Rentas de Capital, o aplicar el IGV a los envíos de entrega rápida y servicios postales por montos menores a US$ 200, que se recaudarán mediante una declaración simplificada y pago desde el exterior.
Fuente: El Peruano
Fecha: 19/02/2025