La Sunat ha publicado en su página web el Informe N° 007-2014-Sunat/4B0000, de fecha 13 de enero de 2014, mediante el queXNT concluye lo siguiente:Los navieros nacionales o empresas navieras nacionales constituidas como personas jurídicas no pierden el beneficio tributario de reinversión previsto por la Ley N° 28583, si con posteridad a la capitalización del monto reinvertido reducen su capital social.
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