La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) remarcó que ya no es aplicable el comiso a los vehículos que ingresaron al país con fines turísticos XNT y que no fueron retirados en el plazo concedido por la Sunat, según lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 295-2016-EF.De acuerdo con el Decreto Supremo citado, se permite la intervención temporal de vehículos con fines turísticos de propiedad de los turistas, pero por un plazo improrrogable de 90 días calendarios con arreglo a los requisitos y condiciones que se establezcan para tal efecto.Fecha: 22. 11. 2016Fuente: Diario Oficial el Peruano
Sunat facilita el retiro de vehículos
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