El régimen sustitutorio del Impuesto a la Renta (IR) para la repatriación de capitales, que se pondrá en marcha desde junio, contemplaXNT la posibilidad de rectificar las declaraciones brindadas por los contribuyentes hasta el 29 de diciembre de este año, las cuales en caso de ocasionar un saldo a favor, dicho saldo deberá ser devuelto por la Sunat en un plazo de 45 días, y además se aplicará una tasa de interés sobre el monto a favor del contribuyente alrededor del 6%.Por el contrario, en el caso de que la mencionada rectificación se realice a favor de la Sunat, el contribuyente deberá pagar la diferencia, pero en su caso no se aplicarán ni multas o intereses.Fecha: 10.05.2017Fuente: Diario Gestión
Sunat devolverá en 45 días el saldo a favor ocasionado por los cambios a la declaración de repatriación de capitales
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