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SUNAT cuenta con facultad para determinar la existencia o no de vínculo laboral

La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (SUNAT), mediante la Carta Nº 002-2015-SUNATXNT/600000, establece que dicha superintendencia está facultada a determinar la existencia o no de un vínculo laboral de ciertos trabajadores cuando sea necesario hacerlos para controlar el cumplimiento de las obligaciones fiscales, y específicamente, la correcta deducción que se haya hecho de un gasto para fijar bien la determinación del impuesto a la renta (IR).Asimismo, la entidad recaudadora toma en cuenta que el ejercicio de la función fiscalizadora por parte de la administración tributaria es un concepto amplio, tal como lo señala el artículo 62 del Código Tributario, el mismo que comprende la inspección, investigación y control del cumplimiento de las obligaciones fiscales. Fuente: Diario El PeruanoFecha: 28-02-2015

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HENRY CORILLOCLLA DE LA CRUZ

Contador público colegiado. Egresado de la maestría en banca y finanzas por la Universidad Nacional Mayor de San Marcos. Asesor Contable de Contadores & Empresas.