Mediante la Resolució;n de Superintendencia Nº 000188-2020/SUNAT (30/10/2020), se establecen disposiciones referentes a la expedició;n de copias de documentos administrativos, aduaneros y/o tributarios que correspondan a los propios administrados, así como el formato para realizar el trámite. Dentro de los aspectos que establece la norma se puede destacar lo siguiente:
1.- Se puede solicitar la entrega de las copias en las siguientes modalidades:
– Copia PDF: Se deposita en el buzó;n electró;nico del contribuyente una imagen del documento solicitado en formato.
-Copia simple: Se proporciona una copia del documento.
-Copia autenticada: Se entrega al contribuyente una copia del documento solicitado autenticada por fedatario institucional de la SUNAT.
2.- La solicitud se puede presentar de las siguientes formas:
-En forma presencial en las mesas de partes de las oficinas de la administració;n.
-En forma virtual mediante la MVP-SUNAT.
3.- La administració;n atenderá la solicitud en un plazo máximo de diez (10) días hábiles, contados a partir del día hábil siguiente de la presentació;n de la solicitud.
4.- Se aprueba el formato “Solicitud de copias de documentos”.
Vigencia: desde el 31/10/2020.
Resolución de Superintendencia Nº 000188-2020/SUNAT