La Sunat ha publicado en su página web un proyecto de Resolución de Superintendencia que tiene por finalidad dictar las medidasXNT necesarias para que las personas naturales, sociedades conyugales y sucesiones indivisas que no cuentan con RUC ni con Código de Inscripción del Empleador (CIE) o han sido dados de baja en el RUC, obtengan el Código de Identificación Personal (CIP) que les permita obtener el Código de Usuario y la Clave SOL a fin de proporcionar la información que la SUNAT les hubiera requerido presentar sobre sus bienes y/u obligaciones cuando dicha presentación deba realizarse:a) En los formularios virtuales puestos a disposición de los indicados sujetos o en archivos digitales, yb) Utilizando el sistema SUNAT Operaciones en Línea.Fuente: www.sunat.gob.pe

SUNAT aprobaría proyecto normativo que permita enviar información sobre personas naturales sin RUC
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