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Sunat amplía ámbito de control contra la evasión

Las empresas del sistema financiero se sumarán a la lucha contra la evasión y elusión, al empezar a brindar información mensual a la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) sobre las cuentas con montos iguales o mayores a 10,000 soles, de acuerdo con el anexo del D.S. Nº 430-2020-EF.Así, con esta información el ente fiscal realizará las verificaciones correspondientes que le permitirán detectar posibles inconsistencias que puedan constituir indicios razonables de evasión o elusión por montos en una cuenta referidos a saldos, promedios o los más altos de un determinado período, entre otros.Por tanto, los datos que deberán suministrar estas empresas se refieren a la identificación del titular o titulares y datos de la cuenta.En el primero, de corresponder a personas naturales reportarán el nombre, tipo y número de documento de identidad, número de RUC o NIT de contar con dicha información y domicilio registrado.Y, de ser empresas, se detallará la denominación o razón social, número de RUC o el NIT de contar con esta data, domicilio registrado y, de corresponder, el lugar de constitución o establecimiento.En el segundo, informarán el tipo de depósito, número de cuenta, Código de Cuenta Interbancario (CCI), así como la moneda (nacional o extranjera). Además, la clase de titularidad de la cuenta (individual o mancomunada).También el saldo y/o montos acumulados, promedios o montos más altos y los rendimientos generados en la cuenta durante el período que se informa.Mediante el D.S. Nº 430-2020-EF, el Poder Ejecutivo reglamentó en días recientes la información financiera que las empresas del sistema financiero deben suministrar a la administración fiscal para el combate de la evasión y elusión según el D. Leg. Nº 1434.La Sunat, de este modo, está obligada a garantizar la confidencialidad y seguridad para el intercambio automático de información, según los estándares y recomendaciones internacionales.Situaciones excepcionalesSi el titular tiene más de una cuenta en la empresa del sistema financiero, se deberá suministrar a la Sunat la información de todas en tanto el monto acumulado sea igual o superior a 10,000 soles. Igualmente, si se canceló la cuenta con anterioridad, se debe declarar la fecha en que se hizo. Además, si la cuenta se encuentra expresada en dólares de los Estados Unidos de América, se hará la conversión a moneda nacional con el tipo de cambio promedio ponderado publicado por la SBS.Fuente: El PeruanoFecha: 04/01/2021

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HENRY CORILLOCLLA DE LA CRUZ

Contador público colegiado. Egresado de la maestría en banca y finanzas por la Universidad Nacional Mayor de San Marcos. Asesor Contable de Contadores & Empresas.