La Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil) verificará la entrega oportuna del boletín informativo al que se refiere la Ley de desafiliación informada, a los nuevos trabajadores no afiliados a un sistema pensionario, el cual debe de hacerse dentro de los 5 días hábiles contados desde el inicio del vínculo laboral.La no entrega del referido boletín dentro del plazo mencionado se configura como una infracción sancionada con una multa cuya cuantía va desde los S/ 966 hasta los S/ 56,700, según se trate de un mype o una no mype.Mientras que si la empresa afilia al trabajador sin haberle entregado el boletín o no respeta el plazo de 10 días para expresar por escrito su voluntad de incorporarse a un sistema pensionario o para cambiar su decisión, la sanción será equivalente a una multa, cuya cuantía va de los 1,890 soles a los 94,500 soles, en caso de que se trate de una mype o una no mype.Fecha de publicación: 10/10/2019.Fuente: diario El Peruano.
Sunafil verificará la oportuna entrega del boletín informativo en materia pensionaria
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