La Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil) publicó tres criterios para ser aplicados en las fiscalizaciones laborales. XNTUno de los criterios establece que las empresas que no paguen las gratificaciones y la bonificación extraordinaria, equivalente al 9 % de dicha gratificación, estarían incurriendo en dos infracciones independientes. El otro criterio (concurso de multas) refiere que cuando una empresa incurra en más de una infracción a la vez, será aplicable la sanción más grave, y si las infracciones son de igual gravedad la mayor cuantía.Por último se establece que la consignación judicial de beneficios sociales surtirá efecto a partir del momento que se cumple el plazo para que el trabajador contradiga dicha consignación. Ahora bien, según el abogado laboralista César Puntriano, si un empleador no paga la gratificación y la bonificación extraordinaria, solo pagaría una multa debido a que el concurso de multas establece que cuando las infracciones tengan la misma cuantía, se pagará una sola multa. Asimismo, con respecto a la consignación, opinó que es cuestionable el plazo debido a que no se contemplan las demoras en la notificación.Fecha de publicación: 06/12/2017.Fuente: diario Gestión.
Sunafil fija criterios para aplicar multas
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