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Sunafil establece pautas sobre la aplicación de multas

Mediante la Resolución de Superintendencia N° 174-2019-TR, la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil) estableció pautas jurídicas adoptadas por el Comité de Criterios en materia legal aplicables al Sistema de Inspección de Trabajo.En ese sentido, se establece que en el caso de la micro o pequeña empresa, para ser considerada como tal, debe superar el rango de ventas establecido legalmente y la multa se impondrá de acuerdo a la tabla de multas correspondiente a su nueva condición.Por otro lado, se especificó que el número de trabajadores a considerar para el cálculo de la multa a imponer por infracción a los derechos colectivos, como la trasgresión a las garantías reconocidas a los candidatos, dirigentes sindicales y el descuento y entrega de la cuota sindical, entre otros, corresponden a los que se encuentren afiliados a la organización sindical y sujetos al régimen laboral privado.Asimismo, en referencia al límite de aplicación de multas, se aplicarán al conjunto de infracciones determinadas según la gravedad que corresponda. Por último, se determinó el plazo de prescripción, el cual no será aplicable al procedimiento administrativo de otorgamiento de constancia a cese a cargo de la Autoridad Administrativa de Trabajo.Fecha de publicación: 06/06/2019Fuente: diario El Peruano

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HENRY CORILLOCLLA DE LA CRUZ

Contador público colegiado. Egresado de la maestría en banca y finanzas por la Universidad Nacional Mayor de San Marcos. Asesor Contable de Contadores & Empresas.