Con la finalidad de lograr una mayor recaudación por parte del sector construcción, la Administración Tributaria dispuso que desde el 1 deXNT febrero de 2013 se encuentre sujeta a detracción la primera venta de inmuebles gravada con el IGV. Ello significa que desde la referida fecha los compradores de inmuebles deben detraer el 4% de los montos que paguen a los constructores cuando se emitan comprobantes de pago que permitan deducir gasto o costo para efectos del Impuesto a la Renta, así como crédito fiscal del IGV.En el caso de compradores que son personas naturales será el mismo vendedor del bien el que debe efectuar la detracción del 4%. (Fuente: Gestión)

Sistema de detracciones ya se aplica a venta de inmuebles
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