Las sentencias judiciales más relevantes en materia laboral en lo que va del 2023 estuvieron relacionadas a temas de contratación temporal, incumplimiento de labores, tercerización, daño moral, beneficios a trabajadores no sindicalizados, entre los principales serían las siguientes:
- En cuanto a la contratación temporal, la Casación Laboral N° 7885-2022 Lima establece que, para que la suscripción de un contrato de trabajo temporal por incremento de actividad sea válida, se requiere acreditar que el incremento generó una labor adicional a las ya existentes y que no se podía satisfacer con el personal permanente. Tras verificar el contrato, el supremo tribunal declaró infundada la casación, advierten los expertos; debido a que no se indicaba cuál era la labor adicional a las ya existentes, ni por qué no podía ser cubierta por personal permanente. Además, la empresa no proporcionó información que permita establecer que en efecto existió una causa objetiva válida.
- En la sentencia correspondiente a Casación Laboral N° 8600 – 2022 Lima Sur se deja sentado que el trabajador que se niegue en reiteradas oportunidades a cumplir con las nuevas funciones, vinculadas con su puesto de trabajo y con las labores que realiza, puede ser sancionado por su empleador e incluso despedido. Toda vez que esta conducta constituye un incumplimiento de las obligaciones que supone el quebrantamiento de la buena fe laboral. Morales y Villalobos precisan que el recurso de casación interpuesto por la parte demandada se declaró fundado debido a que las funciones estaban detalladas en un memorándum y la parte demandante tenía pleno conocimiento del documento. De acuerdo al ius variandi, eran razonables los cambios que realizó el empleador; incluso, se le había exhortado, de manera previa y por escrito a la trabajadora, para que cumpla con sus funciones, no eran completamente diferentes a las que ya venía realizando la trabajadora.
- La sentencia recaída en el Expediente N° 00756- 2022-0-1801-SPDC-03 Lima, emitida por la Tercera Sala Constitucional de la Corte Superior de Lima, resolvió en primera instancia las demandas de acción popular presentadas y acumuladas contra el Decreto Supremo N° 001-2022-TR. Este colegiado superior indicó que la definición contenida en la norma sobre el “núcleo del negocio” era imprecisa y generaba incertidumbre y que vulneraba los derechos a la libertad de empresa y libertad de contratar.
- Respecto al daño moral, la Casación Laboral N° 706-2021 Lima, declaró fundado el recurso formulado por la empresa en un proceso en el que se solicitaba una indemnización por daños y perjuicios, dado que el trabajador (demandante) no presentó un certificado psicológico que le permitiera acreditar el daño moral. Destaca en esta sentencia que, en el caso de enfermedades profesionales o accidentes de trabajo, debe acreditarse el nexo de causalidad que supone la vinculación que debe existir entre la conducta antijurídica del empleador -como el incumplimiento de sus obligaciones legales o convencionales en materia de higiene, seguridad y protección- que origina el daño sufrido por el trabajador (enfermedad profesional o accidente de trabajo) y las labores desarrolladas habitualmente en el centro de trabajo. También se menciona que no es posible solicitar un resarcimiento si la enfermedad profesional deriva de un vínculo laboral anterior.
Fuente: El Peruano
Fecha: 19/12/2023
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