El abogado especialista en Gestión Pública, Víctor Hugo Quijada, manifestó que la Ley Nº 30794 establece requisitos apropiados para prestar servicios en la administración pública, ya que, incluye no tener condenas por delitos de terrorismo, apología de terrorismo, trata de personas, etc. De conformidad con la referida norma, explicó que no podrán ingresar o reingresar a laborar en el aparato estatal las personas que registren una sentencia firme por los delitos antes mencionados. En ese sentido, Quijada destacó la importancia de la creación del Registro Nacional de Detenidos y Sentenciados a Pena Privativa de Libertad Efectiva (Renadespple), que servirá a las entidades públicas para verificar si se encuentra en este registro. Si es así, dicha persona estará impedida de ser contratado por el Estado. Fecha de Publicación: 19/06/2018 Fuente: diario El Peruano
Se verificará antecedentes penales de postulantes a un puesto de trabajo
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