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Se publicó el Decreto Supremo Nº 090-2013-EF que reglamenta la Ley Nº 29985, ley que regula las características básicas del dinero electrónico como instrumento de inclusión financiera

La emisión propiamente dicha de dinero electrónico es la conversión de dinero electrónico por el mismo valor que se recibe a travésXNT de su almacenamiento en un soporte electrónico, siendo esta función responsabilidad exclusiva del emisor del dinero.Según la norma, un cajero corresponsal es un tercero contratado por el emisor de dinero electrónico que se sujetará a la normativa que sobre la materia emita la SBS, quienes podrán realizar en nombre del emisor las operaciones establecidas en la Ley.Por último, la norma establece que, los emisores de dinero electrónico deberán procurar que los cajeros corresponsales que contraten cuenten con la liquidez adecuada para atender las operaciones que realicen en su nombre, lo cual será supervisado por la SBS dentro del ámbito de su competencia.Fuente: Diario Oficial El Peruano 

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HENRY CORILLOCLLA DE LA CRUZ

Contador público colegiado. Egresado de la maestría en banca y finanzas por la Universidad Nacional Mayor de San Marcos. Asesor Contable de Contadores & Empresas.