A través de la R.S. N° 358-219-SUNAFIL, la Superintendencia de Fiscalización Laboral (Sunafil) publicó nuevos criterios para contribuir con la predictibilidad como piedra angular de la seguridad jurídica.Entre estos criterios, se encuentran los relativos a la inspección de consorcios la infracción por no aplicar el registro de accidentes de trabajo la fiscalización dirigida a las juntas de propiedades y la infracción por falta de depósito de la CTS.Respecto del primer tema, indica que cuando se presenta una demanda contra un consorcio, se deberá emitir órdenes de inspección concretas, dirigidas a las empresas consorciadas, en tanto ellas estén identificadas. Al no estarlas, se podrá generar una nueva orden de inspección genérica, a fin de que durante las actuaciones inspectivas se identifique a los consorciados.Sobre el particular, el abogado César Puntriano manifiesta que usualmente el consorcio es quien asume la posición de empleador al contratar al personal que requiere temporalmente para el cumplimiento de sus fines. En ese, la orden debe dirigirse contra el consorcio y no contra las empresas consorciadas.Fecha de publicación: 03/01/2020.Fuente: diario El Peruano.

Se publican nuevos criterios de fiscalización laboral
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