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Se precisan reglas para otorgar prestación económica a favor de trabajadores suspendidos

A través del Decreto Supremo Nº 017-2020-TR, el sector Trabajo aprobó diversos cambios vinculados a la prestación económica de protección social de emergencia ante el covid-19 (PEPSE), el cual se otorga a los trabajadores comprendidos en el contexto de una suspensión perfecta.Así, se fija que el PEPSE se aplicará a los trabajadores de empleadores que cuenten con hasta 100 trabajadores y cuyo hogar no sea beneficiario de los subsidios monetarios. El número de trabajadores del empleador se establecerá considerando la información disponible en el último Formulario del PDT 601 – Planilla Electrónica (PLAME) presentado por el empleador durante el 2020.Por otro lado, el beneficiario deberá percibir una remuneración bruta de hasta 2,400 soles, según el PDT 601 – Planilla Electrónica presentado por el empleador en el 2020.Fecha: 16/07/2020Fuente: El Peruano

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HENRY CORILLOCLLA DE LA CRUZ

Contador público colegiado. Egresado de la maestría en banca y finanzas por la Universidad Nacional Mayor de San Marcos. Asesor Contable de Contadores & Empresas.