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Se podrá deducir del pago del IR las donaciones para proyectos de cine

Después de más de dos años desde que el Ejecutivo presento un proyecto de ley ante el disuelto congreso para promover la actividad cinematográfica y audiovisual, finalmente se aprobó dicho texto, pero como decreto de urgencia (DU).Este decreto – y que lo diferencia de la Ley N° 26370 de Cinematografía Peruana (derogada tras este DU y su próximo reglamento) – incluyendo dos articulo /!2 y 13) vinculados al apoyo económico proveniente de donaciones a la promoción de la actividad cinematográfica.Podrán otorgar donaciones las personas naturales y jurídicas de derecho privado, las mismas que deben ser aceptadas por el Ministerio de Cultura. Una vez incorporada la donación al pliego presupuestal del ministerio, el monto donado es entregado como apoyo económico para un proyecto cinematográfico reconocido y supervisado por la cartera.Quienes hagan estas donaciones a proyectos cuyos titulares – reconocidos por el Ministerio de Cultura – sean asociaciones sin fines de lucro, cuyo instrumento de constitución comprenda exclusivamente fines culturales, podrán deducir como gasto para la determinación del Impuesto a la Renta (IR) hasta el 10% de la suma de la renta neta del trabajo y la renta de fuente extranjera o hasta el 10% de la renta neta de tercera categoría, luego de efectuada la compensación de pérdidas (que refiere el artículo 50 de la Ley de IR).Esto entrará en vigencia desde el 01 de enero de 2020 y se extenderá hasta el 31 de diciembre del 2022.Hay que recordar que en la ley de creación del Ministerio de Cultura (N° 29565), en su sexta disposición complementaria final, se señala la ”donación a favor de proyectos culturales”. Además en la Ley del IR y su reglamento se indica la deducción por donaciones.Sin embargo, Santiago Alfaro, exdirector de Industrias Culturales del Ministerio de Cultura, explico que con la nueva Ley del Cine se facilitará la donación para – específicamente – el cine y la industria audiovisual, que involucra otros productos como animación, etcétera.Fecha de publicación: 09/12/2019.Fuente: diario Gestión

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HENRY CORILLOCLLA DE LA CRUZ

Contador público colegiado. Egresado de la maestría en banca y finanzas por la Universidad Nacional Mayor de San Marcos. Asesor Contable de Contadores & Empresas.