El tributarista Walker Villanueva indicó que los gastos de capacitación para este tipo de empresas se tendrán derecho un crédito contraXNT el pago del Impuesto a la Renta, el cual debe ser aplicado en el ejercicio en que se realice la capacitación, no pudiendo arrastrar a otros ejercicios fiscales.Fuente: Diario Gestión
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