En aplicación de la Resolución Ministerial N° 229-2020-TR, los empleadores que aplican la suspensión perfecta de labores (SPL), cuyo plazo de duración culmina hoy, podrán ampliar el plazo de la medida excepcional hasta el 5 de enero del 2021. La modificación del plazo máximo de duración de la medida de SPL se deberá efectuar en la plataforma virtual del MTPE desde el día de hoy hasta el 11 de octubre del 2020. Si vencido este lapso el empleador no efectúa la modificación, se entenderá que la medida culmina al término de su duración inicial.Los empleadores que opten por modificar el plazo máximo de duración de la medida de SPL deberán hacer de conocimiento previo esa modificación a los trabajadores afectados, de manera física o por los medios informáticos correspondientes.Fecha: 07/10//2020Fuente: El Peruano
Se amplía vigencia de suspensión perfecta hasta enero de 2021
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