La Superintendencia de Banca y Seguros y AFP (SBS) precisó el trámite de jubilación anticipada ordinaria (JAO) y el régimen especial de la jubilación anticipada por desempleo (REJA) sobre a los aportes voluntarios realizados de conformidad con la Ley N° 30939.En ese sentido, mediante el Circular N° AFP 169-2019, respecto al régimen JAO, se establece que la AFP deberá de entregar al afiliado el detalle de los aportes efectuados, indicando si accede o no a la jubilación anticipada, y dicho documento tendrá que consignar las fechas y las firmas del afiliado y del representante de la AFP. Por otro lado, el gerente general de la Cámara de Comercio de Lima (CCL), Víctor Zavala Lozano, explicó que para acceder al REJA se tendrá que acreditar la condición de desempleado durante los últimos doce meses, estableciendo los mecanismos para la validación.Fecha de publicación: 12/06/2019Fuente: diario El Peruano
SBS explica las reglas para acceder a la jubilación anticipada
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