El Tribunal Constitucional (TC), en una reciente sentencia (STC Nº 01647-2013-PA/TC) ha determinado que la reposición no constituyeXNT mecanismo adecuado de protección contra el despido arbitrario, en razón del cual declaró improcedente la demanda de amparo interpuesta por un trabajador. Para establecer ello, el TC indicó que la Constitución vigente no menciona el derecho de estabilidad en el trabajo ni especifica que las únicas causas de despido sean las previstas expresamente en la ley. Asimismo, señala que de acuerdo al diario de debates del Congreso Constituyente Democrático de 1993, en esta asamblea prosperó la postura de suprimir la reposición en materia laboral y optar por otros mecanismos alternativos de protección contra el despido.Estableció además que el derecho al trabajo comprende una protección en sentido positivo, el cual permite la realización de labores lícitas por parte de las personas así como una protección en sentido negativo, que garantiza a las personas que no serán forzadas a realizar labores contra su voluntad.Fecha de publicación: 06/02/2017Fuente: Diario El Peruano.
Reposición no constituye mecanismo adecuado contra el despido arbitrario
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