Tipo de Norma: Resolución de Superintendencia
Número de Norma: N° 000157-2023/SUNAT
Fecha de Publicación: Viernes, 04 de agosto de 2023
Como es de conocimiento general, mediante la Resolución de Superintendencia N° 093-2018/SUNAT, se establece la forma, plazo y condiciones para el pago del aporte social a cargo de los titulares de los establecimientos industriales pesqueros (EIP) para consumo humano indirecto[1].
A través de la presente disposición, se elimina el Formulario Virtual N° 1680 – Aporte Social, como medio para declarar el citado aporte, y se establece que el pago de la deuda generada por este concepto se realice directamente a través de SUNAT Virtual, el APP SUNAT o en los bancos habilitados utilizado el número de pago SUNAT-NPS.
Vigencia: Desde el 05/08/2023
[1] El referido aporte social está destinada a apoyar la solución definitiva de la jubilación de los adscritos al sistema vigente de pensiones aplicable a los tripulantes pesqueros industriales, conforme lo dispuesto en la primera disposición final del Decreto Legislativo 1084.