Tipo de Norma: Ley
Número de Norma: Nº 31479
Fecha de Publicación: Miércoles, 25 de mayo de 2022
A través de la presente ley se incorpora el artículo 12 a la Ley N° 31336, Ley Nacional del Cáncer. El mismo que señala que todo trabajador, sin perjuicio de que su empleador sea del sector público o privado e independientemente de la naturaleza contractual de su vínculo laboral, tiene derecho a una licencia anual compensable, hasta por 2 días hábiles consecutivos o no, para someterse a sus exámenes preventivos oncológicos.
Para acceder a esta licencia, previamente el trabajador debe coordinar con el empleador o autoridad superior, además de presentar la orden médica en la que se indiquen los exámenes a realizar. Asimismo, posteriormente debe presentar los documentos que acrediten dicha atención.
Cabe precisar que la licencia otorgada al trabajador será compensable con horas de trabajo que serán acordadas con el empleador.
Vigencia: Desde el 26/05/2022