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Regulan competencias del Tribunal de Fiscalización Laboral

A través del Decreto Supremo Nº 004-2017-TR se aprobó el Reglamento del Tribunal de Fiscalización Laboral, donde se regulan lasXNT competencias del tribunal, su conformación, las atribuciones de sus miembros, la conformación de las salas y el proceso de selección de los vocales de estas. Se detalla, además, los plazos para el trámite del recurso de revisión, el cual constituye un recurso destinado a contradecir las resoluciones emitidas en segunda instancia por la Intendencia de Lima Metropolitana y las intendencias regionales de la Sunafil, así como por las direcciones de Inspección del Trabajo u órganos que cumplan esta función. En tal sentido, se dispone que el Tribunal de Fiscalización Laboral tiene la facultad para rectificar, integrar, excluir e interpretar la resolución emitida en segunda instancia administrativa, debiendo el recurso de revisión ser resuelto dentro de los 30 días hábiles, contabilizados desde que fue admitido.Fecha de publicación: 01/03/2017.Fuente: Diario El Peruano.

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HENRY CORILLOCLLA DE LA CRUZ

Contador público colegiado. Egresado de la maestría en banca y finanzas por la Universidad Nacional Mayor de San Marcos. Asesor Contable de Contadores & Empresas.