Tipo de Norma: Decreto Legislativo
Número de Norma: 1547
Fecha de Publicación: Jueves, 06 de abril de 2023
Mediante la Ley N° 31696, el congreso otorgó facultades al Poder Ejecutivo para que pueda legislar en materia tributaria y fiscal. Uno de los aspectos respecto de los cuales se otorgaron dichas facultades es referente a dictar medidas para exonerar de impuestos la importación de bienes que se destinen directamente a la ejecución del Proyecto Sistema Eléctrico de Transporte Masivo de Lima y Callao.
Mediante la presente disposición, se dictan medidas que coadyuven a fortalecer el acceso a servicios públicos de transporte masivo de calidad en beneficio de los ciudadanos, contribuyendo asimismo con la sostenibilidad ambiental.
Dentro del aspecto tributario, se establece la exoneración del IGV y el IPM a la importación de bienes que se destinen directamente a la Red Básica del Metro de Lima – Sistema Eléctrico de Transporte Masivo de Lima y Callao hasta su culminación.[1]
Finalmente, el Ministerio de Economía y Finanzas y la Ministra de Transportes y Comunicaciones, se expedirán las disposiciones complementarias que sean necesarias para la aplicación de lo señalado en el presente Decreto Legislativo, así como una lista de bienes que serán materia de exoneración señalada anteriormente. Todo ello será contenido mediante la publicación de un Decreto Supremo.
Vigencia: Desde el día siguiente de la publicación del Decreto Supremo que dicte las medidas complementarias sobre la exoneración.
[1] Será de aplicación durante la ejecución de la etapa preoperativa de los contratos que se suscriban con el Estado de las Líneas que comprenden la Red Básica del Metro de Lima – Sistema Eléctrico de Transporte Masivo de Lima y Callao.