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Regulación del procedimiento de Sala Plena en el caso de invocarse la existencia de criterios recurrentes, al amparo de lo dispuesto por el artículo 154° del Código Tributario y el Decreto Supremo N° 206-2012-EF

El Tribunal Fiscal, mediante Acuerdo de Sala Plena Nº 23-2012  del 19 de diciembre de 2012, se reguló el procedimiento de Sala PlenaXNT en el caso de invocarse la existencia de criterios recurrentes, al amparo de lo dispuesto por el artículo 154 del Código Tributario y el Decreto Supremo N° 206-2012-EF. En este contexto, se establecieron criterios sobre: 1. Elección del tema que será sometido a Sala Plena.2. Sometimiento del tema a Sala Plena.3. Realización de la Sesión del Pleno.4. Publicación de la Resolución de Observancia Obligatoria que recoge el criterio recurrente.5. Disposiciones aplicables.6. Evaluación posterior del tema relacionado con el criterio recurrente aprobado.7. Sistema de votación vía web.

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HENRY CORILLOCLLA DE LA CRUZ

Contador público colegiado. Egresado de la maestría en banca y finanzas por la Universidad Nacional Mayor de San Marcos. Asesor Contable de Contadores & Empresas.