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Reglamento de Ley que declara el cumplimiento de las políticas públicas para prevenir y erradicar el trabajo forzoso

Tipo de Norma: Decreto Supremo

Número de Norma: N° 005-2022-TR

Fecha de Publicación: Jueves, 21 de abril de 2022

El 06 de agosto de 2021 se publicó la Ley N° 31330, Ley que declara de interés nacional el cumplimiento de las políticas públicas para prevenir y erradicar el trabajo forzoso y la creación del Observatorio Nacional de Trabajo Forzoso, en la cual se regula que el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo realice el seguimiento y vigilancia al cumplimiento de las objetivos y metas trazadas en las políticas públicas para prevenir y erradicar el trabajo forzoso, en coordinación con la Comisión Nacional para la Lucha contra el Trabajo Forzoso, y se dispone la creación del Observatorio Nacional de Trabajo Forzoso, que es administrado por el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo.

En tal sentido, la Única Disposición Complementaria Final de la Ley N° 31330 establece que el Poder Ejecutivo, a través del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, reglamenta dicha ley en un plazo no mayor de ciento cincuenta días calendario contados desde su vigencia.

En consecuencia, mediante el Decreto Supremo N° 005-2022-TR, se aprueba el Reglamento de la Ley N° 31330, el mismo que cuenta con 2 títulos, 6 capítulos, 29 artículos y 2 Disposiciones Complementarias Finales, los cuales forman parte integrante del presente Decreto Supremo.

Algunos aspectos importantes de este reglamento:

Vigencia: Desde el 22/04/2022

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HENRY CORILLOCLLA DE LA CRUZ

Contador público colegiado. Egresado de la maestría en banca y finanzas por la Universidad Nacional Mayor de San Marcos. Asesor Contable de Contadores & Empresas.