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Registro de Programas para la inclusión preferente de mujeres víctimas de toda forma o contexto de violencia

Tipo de Norma: Resolución Ministerial

Número de Norma: N° 051-2022-TR

Fecha de Publicación: Martes, 08 de marzo de 2022

El artículo 2 de la Ley N° 31153, Ley que promueve la inserción laboral de las mujeres víctimas de toda forma de violencia en los programas que ejecutan las entidades de la administración pública, dispone que las entidades de la administración pública reserven en todos sus programas para la promoción o generación de empleo o actividades de capacitación para el trabajo, no menos del cinco por ciento (5%) de sus plazas disponibles para las mujeres víctimas de toda forma o contexto de violencia.

Por otro lado, el inciso 8.1 del artículo 8 del reglamento de la Ley N° 31153, Ley que promueve la inserción laboral de las mujeres víctimas de toda forma de violencia en los programas que ejecutan las entidades de la administración pública, aprobado por Decreto Supremo N° 017-2021-TR, señala que el Registro de Programas para la inclusión preferente de mujeres víctimas de todas forma o contexto de violencia, es un registro informativo a cargo del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, que contiene información de los programas para la promoción o generación de empleo o que realizan actividades de capacitación para el trabajo, así como información de los avances y resultados obtenidos en aplicación de la cuota de inclusión preferente, de acuerdo con los lineamientos que el sector establece mediante resolución ministerial.

En ese sentido, la Primera Disposición Complementaria Transitoria del referido reglamento establece que el Ministerio de Trabajo y Promoción de Empleo aprueba e implementa el Registro de Programas, sus lineamientos técnicos, así como, las reglas para el cálculo anual de los resultados a reportar por los programas.

En consecuencia, la Resolución Ministerial N° 051-2022-TR, aprueba el “Registro de Programas para la inclusión preferente de mujeres víctimas de toda forma o contexto de violencia – REPROMUVI”, registro virtual de carácter informativo a cargo del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, en el que los programas para la promoción o generación de empleo o que realizan actividades de capacitación para el trabajo, registran su información institucional, así como la de los avances y resultados obtenidos en aplicación de la cuota de inclusión preferente, en el marco de la Ley N° 31153 y su reglamento.

Del mismo modo, aprueba los “Lineamientos técnicos y reglas para la implementación del Registro de Programas para la inclusión preferente de mujeres víctimas de toda forma o contexto de violencia – REPROMUVI, y para el cumplimiento de lo dispuesto en la Ley N° 31153 y su Reglamento”, que en anexo adjunto forma parte integrante de la presente resolución ministerial.

Por último, encarga a la Dirección de Promoción del Empleo y Autoempleo de la Dirección General de Promoción del Empleo, la responsabilidad de implementar y operativizar el REPROMUVI, así como la de monitorear y dar seguimiento a la implementación y cumplimiento de los lineamientos aprobados en el artículo 2 de la presente resolución ministerial.

Vigencia: Desde el 09/03/2022

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HENRY CORILLOCLLA DE LA CRUZ

Contador público colegiado. Egresado de la maestría en banca y finanzas por la Universidad Nacional Mayor de San Marcos. Asesor Contable de Contadores & Empresas.